Pirulo

MODIFICARON CARTELERÍAS MÁS DE 200 COMERCIOS

En el marco de la política municipal de cuidado del espacio público, 254 comercios de San Martín centro ya adecuaron sus estructuras publicitarias según lo establecido por la ordenanza que regula la utilización de letreros, carteles, marquesinas y toldos comerciales en el distrito.

Esta medida, que fue impulsada por el Municipio y aprobada por el Concejo Deliberante en 2014, apunta a reducir la contaminación visual; favorecer la circulación peatonal; mejorar la seguridad, despejando las luminarias y la visibilidad de las cámaras; y regular la actividad publicitaria. Asimismo, busca poner en valor la arquitectura de los edificios y el diseño integral de las fachadas, a fin de armonizar el espacio público de la ciudad.

“Estas acciones garantizan la presencia del Estado municipal en las calles de San Martín, a fin de mejorar la seguridad y la convivencia urbana. Queremos generar cambios de conducta, transmitiendo a los comerciantes la necesidad de cuidar y respetar el espacio público”, destacó Guillermo Sauro, secretario de Economía y Hacienda del Municipio.

En este sentido, la Dirección de Gestión de Riesgo y Control Operativo realiza controles semanales en los principales centros comerciales, avenidas y calles de accesos al partido, a través de los cuales ya notificó a otros 568 comercios, hipermercados, cadenas de artículos del hogar y electrónicos, entidades financieras, entre otros.

Para llevar adelante estos relevamientos se utiliza un sistema de control en tiempo real, que permite verificar en el momento el estado y las condiciones de las estructuras, garantizando la transparencia de los operativos y su adecuado seguimiento. Los inspectores provistos de equipos móviles, registran con fotos la ubicación y características de las marquesinas y carteles, información que es sincronizada automáticamente con la base Municipal, garantizando la integridad de los datos relevados.

La ordenanza sobre Publicidad y Propaganda, establece que sólo pueden colocarse letreros en las veredas que excedan los 5 metros de ancho, y que tengan como máximo una altura de 4 metros, un ancho de 80 centímetros y un espesor de 30 centímetros.

En cuanto a los carteles amurados en las fachadas, sólo pueden sobresalir de la vía pública hasta un máximo de 1,20 metros, deben estar ubicados por encima de los 2,40 metros de altura y tener como máximo 3,60 metros de alto.

Asimismo, las marquesinas pueden salir de la línea municipal de edificación hasta 1,50 metros, con una altura de entre 3 metros y 4,20 metros.

Por último, los toldos deben ser corredizos, pueden proyectarse hasta una distancia de 80 centímetros de la arista exterior de la acera y a 2,20 metros de altura.

En consecuencia, los frentistas que no cumplan la normativa serán notificados para que se adecuen a la norma. Una vez vencidos los plazos de comunicación, sin efectuar los cambios, el Juzgado de Faltas competente procederá a infraccionar el incumplimiento; y en el caso de estructuras que presenten riesgos, el Municipio procederá al retiro de las estructuras, con una previa intimación, con cargo al frentista.

La ordenanza N° 11.474, que fue impulsada por el Municipio y promulgada a través del decreto N° 915, se aplica en todas las áreas comerciales de San Martín, y modifica los artículos 34º y 36º de la ordenanza Nº 3859/89, referida a la actividad publicitaria, e incisos y apartados de la ordenanza Nº 2.712/85 Código de Edificación

Etiquetas
Mostrar más

Municipios que nos apoyan

Botón volver arriba
Cerrar